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año:2011
 
tipodocumento:CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
 
proceso:AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
 

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2011
3
DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nro. 10286 21 de octubre, 2011. DFOE-DL-0938 Señor Luis Mendieta Escudero Alcalde MUNICIPALIDAD DE PEREZ ZELEDON San José Estimado señor: Asunto: Solicitud de pronunciamiento sobre el manejo aparentemente irregular de fondos públicos, según informe de la Auditoría Interna. Nos referimos a su oficio Nro . OFI-4741-11-DAM de l 12 de setiembre de 2011, mediante el cual solicita a esta Contraloría General lo siguiente: “(…) Traslado para su análisis informe INF-0006-11-AIM y oficio No OFI-4740- 11-DAM enviada (sic) por el suscrito a la asesoría jurídica para que emitiera criterio al respecto./ Lo anterior para solicitar pronunciamiento sobre el manejo aparentemente irregular de fondos públicos por parte de la Comisión instaurada por el Concejo, para tales efectos según acuerdo No TRA-087-11- SSC que adjunto que desarrollaron la expo 2011. / No omito manifestar que también surgen dudas sobre las recomendaciones 2 y 3 emitidas por la Auditoria en el informe supra citado (…)” De los términos de su oficio no es posible determinar si la intención de esa Alcaldía es formular una consulta, o bien, plantear una suerte de atención del tema por la vía del conflicto a tenor del artículo 38 de la Ley General de Control Interno, Nro. 8292. Respecto al tema de consultas, cabe indicar que de conformidad con el artículo 29 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República número 7428 del 07 de setiembre del año 1994, y la circular número CO-529, publicada en La Gaceta número 107 del 05 de junio del año 2000, denominada “Circular sobre la atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República”, la gestión que se formule deber ...
Fecha publicación: 24/10/2011
Fecha emisión: 21/10/2011
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio Nº 00848 1 de febrero, 2011 DFOE-DL-0054 Licenciado Mario González Salazar Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE SANTA BÁRBARA Heredia Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio planteada por la Auditoría Interna de la Municipalidad de Santa Bárbara, sobre el uso de la subpartida presupuestaria de jornales ocasionales. Se atiende el oficio Nro. AUMSB-03-2011 del 7 de enero del año en curso, recibido por esta Contraloría General el 12 del citado mes, por medio del cual solicita el criterio técnico jurídico de este órgano contralor respecto del uso de la subpartida presupuestaria de jornales ocasionales y para los efectos, hace referencia a las definiciones primero, del concepto “jornales ocasionales” que se consigna en la circular 8060 y luego, a la del “clasificador por objeto del gasto”. Por último, detalla en su oficio una serie de actuaciones de la Administración Municipal en torno a la confección de “… acciones de personal para el puesto de oficinista departamento del acueducto con cargo al código presupuestario 5.02.06.0.01.02 jornales ocasionales”, manifestando que sobre el tema realizó una advertencia al Alcalde Municipal y que la situación no ha cambiado. Al respecto, se indica que de conformidad con la circular CO-529 publicada en La Gaceta Nro. 107 del 5 de junio de 2000, la Contraloría General de la República no atiende consultas ni emite criterios sobre situaciones particulares ni sobre asuntos que no sean materia de su competencia. Por otra parte, cuando la auditoría ejerce la función de advertencia y esta no se atiende, puede dar lugar -si así se valora oportuno y conveniente- a que se elaboren informes e incluso rela ...
Fecha publicación: 05/02/2011
Fecha emisión: 01/02/2011
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL


DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA ÁREA DE SERVICIOS PARA EL DESARROLLO LOCAL T: (506) 2501-8000 F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgr.go.cr S: http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica Al contestar refiérase al oficio N° 00338 20 de enero, 2011 DFOE-DL-0018 Licenciado Justo Orozco Álvarez Diputado ASAMBLEA LEGISLATIVA San José Estimado señor: Asunto: Emisión de criterio solicitado por la Asamblea Legislativa, sobre el plazo de arrendamiento de locales en los mercados municipales y aportes de inquilinos para reparaciones o mejoras. Con las disculpas del caso por la demora en la atención de su oficio Nro. PRC: 224-2010, se procede a dar respuesta a los asuntos consultados a esta Contraloría General de la República relacionados con el plazo a incluir en los contratos de arrendamiento de locales en los mercados municipales y con el manejo más adecuado de los recursos que estén dispuestos a aportar los inquilinos de esas instalaciones para contribuir a reparaciones o mejoras. En primer término, es conveniente señalar que la actividad de arrendamiento de locales en los mercados municipales, está regulada principalmente en la Ley Nro. 2428 del 14 de setiembre de 1959, que fue reformada por la Ley Nro. 7027 “Ley sobre arrendamiento de Locales Municipales” del 4 de abril de 1986. Sobre la consulta del plazo que deben observar las autoridades municipales al momento de formalizar los contratos de arrendamiento, se deduce del artículo 4 de la Ley Nro. 7027 citada, que será por el término de cinco años, así al indicarse que: “(...) En caso de respuesta afirmativa, el alquiler se tendrá por prorrogado, por el término de cinco años, sin necesidad de remate ni licitación. Por igual procedimiento, se renovarán los contratos y recalificaciones cada cinco años, (...)” (El subrayado no es del original). No obstante, el plazo en contratos para el arrendamiento de t ...
Fecha publicación: 23/01/2011
Fecha emisión: 20/01/2011
Institución: CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA DE COSTA RICA
Emite: AREA FISC. SERV. DESARROLLO LOCAL
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: AUDITORIA DE CARACTER ESPECIAL
Tesauro: Bienes de Dominio Público, Aspectos varios